Esta semana, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) está realizando las audiencias públicas relativas a la opinión consultiva presentada por Vanuatu. En este sentido, se espera que los jueces del máximo tribunal se pronuncien sobre cómo los países debieran proteger el sistema climático del planeta y cuáles serían las consecuencias si no lo hacen.

Costa Rica fue uno de los primeros 18 países en apoyar a Vanuatu cuando este socializó la iniciativa, durante la conferencia del clima del 2022 (COP27). Y hoy, dos años más tarde y como parte de las audiencias públicas, la CIJ escuchó lo que tenía que decir el país centroamericano.

En el tercer día de audiencias, Costa Rica abrió la sesión con argumentos sobre justicia climática, destacando que la CIJ no necesita crear nuevas normas, sino aplicar la amplitud de las obligaciones legales existentes sobre cambio climático, que van más allá de los tratados climáticos vigentes (por ejemplo: Acuerdo de París).

Asimismo, en su comparecencia, Costa Rica sostuvo que abordar el cambio climático y proporcionar compensación y financiamiento por pérdidas y daños trasciende los compromisos voluntarios y, en cambio, se fundamenta en obligaciones establecidas en el derecho internacional.

Además, detalló que los Estados deben proteger los derechos humanos en el contexto del cambio climático, incluido el derecho a un medio ambiente sano, y que este deber se extiende a personas más allá del territorio de un Estado.

“En general, Costa Rica subrayó que la opinión de la CIJ puede marcar un hito para una acción global unificada y que su papel fundamental es examinar, interpretar y aplicar todas las normas relevantes del derecho internacional”, relató José Daniel Rodríguez, costarricense que funge como coordinador para América Latina de World’s Youth for Climate Justice (WY4CJ).

En cuanto al derecho aplicable, Costa Rica destacó que sería un ejercicio lamentable detenerse únicamente en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) y otros tratados climáticos.

Contrario a lo argumentado por otros países, Costa Rica enfatizó que las obligaciones bajo estos tratados no extinguen otras obligaciones independientes de los Estados fuera del régimen climático específico. Por lo tanto, los tratados climáticos deben interpretarse a la luz y de manera coherente con obligaciones más generales y preexistentes del derecho internacional, y no al revés. Entre estas obligaciones clave se incluyen: respetar los derechos humanos, incluido el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible; demostrar la debida diligencia en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y prevenir el daño ambiental causado por emisiones originadas en sus territorios.

Sobre esto último, Costa Rica subrayó que la noción de que la prevención de daño transfronterizo se aplica sólo a Estados vecinos carece de fundamento jurídico, y que la distancia donde se experimenta el daño nunca ha eximido a los Estados de este deber. Todas estas obligaciones deben interpretarse a la luz de los principios de equidad intergeneracional, responsabilidades comunes pero diferenciadas y capacidades respectivas, aplicando un enfoque ecosistémico.

En cuando a la responsabilidad por el daño causado al sistema climático, Costa Rica enfatizó que los Estados responsables de violaciones a estas obligaciones deben cesar las acciones dañinas, proporcionar garantías de no repetición y cumplir con los deberes de reparar el daño de manera integral, ya sea mediante restitución, compensación o satisfacción. Específicamente, argumentó que la responsabilidad internacional de un Estado por daño al sistema climático puede determinarse con referencia a las contribuciones históricas y actuales de un Estado a las emisiones de GEI.

En síntesis, Costa Rica defendió la justicia climática antes los jueces de la CIJ. Con su postura, “Costa Rica rechazó enérgicamente los argumentos de otros Estados que afirman que se le está pidiendo a la Corte crear nuevas normas, y sostuvo que, por el contrario, su tarea de aplicar el derecho internacional existente y de larga data llevaría a importantes conclusiones sobre justicia climática”, comentó Rodríguez como parte de un análisis legal realizado por WY4CJ.

Asimismo, Costa Rica “defendió la protección de los derechos humanos más allá del territorio de un Estado, un argumento lamentablemente negado por Estados como Alemania. También refutó la afirmación de Australia de que la prevención del daño ambiental transfronterizo se aplica sólo en un contexto bilateral, recordando que la Corte ya ha ordenado compensaciones por daños ambientales en su caso contra Nicaragua”, continuó Rodríguez.

“Al destacar que el derecho internacional reconoce el derecho a un medio ambiente sano y que los Estados deben considerar la protección de las generaciones futuras en la mitigación del cambio climático, Costa Rica se posicionó como una de las intervenciones más ambiciosas hasta la fecha”, valoró WY4CJ.

Audiencias públicas en La Haya

Así como escucharon a Costa Rica, los 15 jueces de la CIJ conocerán el parecer de otros países. De hecho, ya fueron presentados 91 escritos por parte de Estados y organizaciones, “el mayor número hasta la fecha en un procedimiento de este tipo”, señaló el tribunal.

“Este puede ser el caso más importante en la historia de la humanidad”, dijo el representante de Vanuatu para el cambio climático, Ralph Regenvanu, durante su comparecencia del pasado lunes.

Tras socializarla en la COP27, Vanuatu presentó la iniciativa ante la Asamblea General de Naciones Unidas, órgano que debía avalar su presentación ante la CIJ. Fue así como, en marzo de 2023, los países miembros aprobaron la petición.

La opinión consultiva pretende dar respuesta a dos preguntas. La primera: ¿cuáles son las obligaciones que tienen los Estados en relación al sistema climático del planeta y los derechos humanos? Y la segunda: ¿cuáles son las consecuencias jurídicas en virtud de estas obligaciones para los Estados que, por sus actos y omisiones, hayan causado daños significativos al sistema climático y medio ambiente?

“Para nosotros, el cambio climático no es una amenaza lejana”, declaró Vishal Prasad, líder de Estudiantes de las Islas del Pacífico Luchando contra el Cambio Climático (PISFCC, por sus siglas en inglés). “Está cambiando nuestras vidas en la actualidad. Nuestras islas están en peligro”, dijo en declaraciones ofrecidas a la prensa días antes de que iniciaran las audiencias.

“Con este dictamen consultivo, no estamos aquí solo para hablar de lo que tememos perder, sino también de aquello que podemos proteger y aquello que podemos construir si nos mantenemos unidos”, agregó Prasad.

¿En qué ayudan las opiniones consultivas?

Aparte de dictar sentencias en litigios entre países, la CIJ puede pronunciarse –mediante las opiniones consultivas- para esclarecer cuestiones de derecho internacional. Si bien estas opiniones consultivas no son vinculantes, otros tribunales pueden basarse en ellas para sustentar sus fallos.

En este sentido, una opinión consultiva sólida en el tema climático puede guiar la acción. Y muchas personas depositan su esperanza en ello.

“Tengo esperanzas de que los jueces digan algo útil que realmente pueda sacar a las negociaciones sobre el clima del punto muerto que vemos cada año en las COP”, dijo Jule Schnakenberg, miembro de la Juventud Mundial para la Justicia Climática, a AFP. “Esperamos realmente ver avances”, agregó.

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